Las modificaciones, publicadas el 19 de enero de 2023 cambian el paradigma existente hasta el momento, que exigía una consulta presencial previa antes de mantener cualquier consulta o prescripción remota.
Con la nueva normativa queda a criterio del veterinario la necesidad o no de realizar esta primera consulta presencial. De este modo se abre la puerta a la telemedicina sin relación previa veterinario/cliente/paciente.
La nueva norma exige que el veterinario pueda atender, en caso de necesidad, al paciente en un espacio físico. Y en su defecto, permite que el veterinario contrate este servicio presencial con otra clínica.
La norma también permite la prescripción a distancia sin haber atendido presencialmente al paciente, con la excepción de antimicrobianos (antibióticos, antivirales, antifúngicos y antiparasitarios) y fármacos controlados.
La British veterinary association (BVA) ha respondido a esta decisión cuestionándola ya que desde la asociación están convencidos de que la consulta y prescripción remota solo puede realizarse con seguridad cuando se ha establecido previamente una relación presencial veterinario-cliente-paciente. La norma, en opinión de la BVA, puede tener un impacto negativo en el bienestar de los animales y en la sostenibilidad de los servicios veterinarios.